
La Unidad de Planeación Minero Energética, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.2.2.4.3. del Decreto 1082 del 26 de mayo de 2015, publica la Resolución 31 de 2020 “Por medio de la cual se ordena dar de baja y enajenar a título gratuito entre entidades estatales algunos bienes de propiedad de la Unidad de Planeación Minero Energética".
En consecuencia, invita a todas las entidades públicas de cualquier orden interesadas en la adquisición de los bienes muebles por enajenación a título gratuito, a manifestar por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución anotada: la necesidad funcional que pretende satisfacer, la justificación de la solicitud y la relación de bienes que le interesa recibir por la transferencia a título gratuito, conforme la citada Resolución, especialmente su artículo 2 y anexo 2.
La manifestación de interés debe radicarse en la oficina de correspondencia de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, ubicada en la Avenida Calle 26 No. 69 D-91 Centro Empresarial Arrecife torre 1 piso 9 o enviarse a través del correo electrónico gestionadministrativa@upme.gov.co
En el evento de existir dos o más manifestaciones de interés de diferentes entidades por los mimos bienes muebles ofrecidos, éstos se entregarán a aquella que hubiere manifestado primero su interés y que cumplan con las condiciones y documentación señaladas.
Una vez identificada la entidad o entidades a las cuales se entregarán los bienes, se procederá a suscribir acta de entrega, estableciendo la fecha de entrega física de los bienes a partir de la suscripción del acta de entrega, previo a la expedición del respectivo acto administrativo que ordene la adjudicación y enajenación a título gratuito de los bienes.