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Notificaciones judiciales

​​​​​​​​​​​​​​​Los principios de eficacia, economia y celeridad, hacen parte del marco en el cual las autoridades deben interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política.


En desarrollo de los mencionados principios, se consagró, el Artículo 197 de la Ley 1437 de 2011 que señala en consideración a la Dirección Electrónica Para Efectos De Notificaciones, lo siguiente: "Las entidades públic​​as de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales."


"En ese orden de ideas, el buzón de notificaciones judiciales está dispuesto únicamente para el recibo de notificaciones por parte de los Órganos Judiciales, razón por la cual los mensajes que no correspondan a dicho uso no serán leídos y automáticamente se eliminarán de nuestros servidores.


En consecuencia, para solicitudes de información, peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y sugerencias le agradecemos escribir al correo electrónico info@upme.gov.co"

 

 
Dirección Electrónica:  notificaciones@upme.gov.co​​